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PRINCIPIOS
Y OBJETIVOS
El
presente Programa de Acción se basa en los siguientes principios, los
cuales también inspiran sus metas y objetivos generales:
-
La
meta principal del desarrollo socioeconómico consiste en el
mejoramiento de los niveles y de la calidad de vida; las políticas
adoptadas para la reducción de la demanda y la prevención del uso
indebido de estupefacientes y la lucha contra su tráfico ilícito
deben, en última instancia, encaminarse igualmente a esa meta
principal.
-
El
desarrollo socioeconómico no puede prosperar en la ausencia de
condiciones que promuevan la dignidad individual, la democracia y la
seguridad de los Estados.
-
La
prevención del uso indebido de drogas y la lucha contra su tráfico ilícito
y el desarrollo socioeconómico se relacionan entre sí: lo primero
puede influir en lo segundo y ser influido por él; la adopción del
presente Programa de Acción refleja el reconocimiento por la comunidad
interamericana de la importancia de esa relación recíproca.
-
Las
políticas de reducción de la demanda y de prevención del uso indebido
de drogas y la lucha contra su tráfico ilícito deben figurar en el
contexto de las políticas de desarrollo socioeconómico de los Estados
miembros; al igual que ser compatibles con los derechos humanos, las
prerrogativas básicas de las libertades y derechos individuales
reconocidos nacional e internacionalmente, el respeto a las tradiciones
y costumbres de grupos nacionales o regionales y la preservación del
medio ambiente.
-
Las
recomendaciones del Programa de Acción se formulan teniendo en cuenta
el imperativo del respeto a la soberanía de las naciones en la
determinación de sus políticas de reducción de la demanda y de
prevención del uso indebido de drogas y la lucha contra su tráfico ilícito,
la diversidad de las condiciones internas de los países americanos y
las características regionales específicas existentes en cada país.
-
El
tráfico ilícito de drogas constituye un fenómeno global que puede
amenazar la soberanía de los Estados y la integridad e identidad de los
pueblos.
-
La
cooperación internacional, ya sea bilateral o multilateral, es cada vez
más importante para la eficaz reducción de la demanda y la prevención
del uso indebido de drogas y la lucha contra su tráfico ilícito; es de
interés común a todos los países productores, consumidores o de tránsito
de drogas que esa cooperación se desenvuelva libre de presiones de
cualquier naturaleza.
Inspirados
por estos principios, los principales objetivos del Programa son ampliar y
fortalecer la capacidad de los Estados miembros para reducir la demanda,
prevenir el uso indebido de drogas y combatir eficazmente su producción y
tráfico ilícitos, así como promover una respuesta interamericana
apropiada, mediante el aumento de las actividades regionales en materia de
investigación, intercambio de información, capacitación de personal
especializado y prestación de asistencia mutua.
Capítulo
I
La
Conferencia Especializada Interamericana sobre Narcotráfico recomienda a
los Estados miembros de la OEA las siguientes medidas para prevenir la
demanda y el uso indebidos de estupefacientes y sustancias psicotrópicas:
-
Asignar
la más alta prioridad a las medidas para reducir la demanda y el uso
indebidos de estupefacientes y sustancias psicotrópicas;
-
Llevar
a cabo estudios epidemiológicos y otros estudios relevantes para
identificar las causas e incidencia del uso indebido de drogas, en los
distintos grupos por edades y segmentos sociales de la población de
cada país, teniendo en cuenta sus características regionales;
-
Promover
estudios que permitan ampliar el conocimiento de las formas más
adecuadas para concientizar a la sociedad respecto de las causas y
consecuencias del uso indebido de drogas, teniendo en cuenta las
características regionales de cada país;
-
Promover
programas destinados al tratamiento y la recuperación de los
farmacodependientes, contando para ello con la colaboración de los
organismos especializados interamericanos, en especial la Organización
Panamericana de la Salud;
-
Promover
campanas de prevención primaria, por intermedio de las instituciones de
educación, previsión social, salud y otros órganos competentes,
encaminadas a obtener la máxima participación de la comunidad;
-
Crear
mecanismos en los distintos órganos gubernamentales competentes, que
tengan por objetivo disciplinar y controlar la producción,
comercialización y uso de drogas lícitas, en el contexto de las políticas
nacionales;
-
Promover
estudios sobre la prescripción médica de drogas que actúan sobre el
sistema nervioso central y las repercusiones sociales en cuanto al
consumo autoadministrado, y
-
Realizar
estudios sobre los efectos nocivos resultantes del uso de inhalantes y
sobre mecanismos de control de su venta sin descuidar las soluciones
sociales exigidas por este problema.
Capítulo
ll
La
Conferencia también recomienda a los Estados miembros de la OEA las
siguientes medidas para combatir la producción y la oferta ilícitas de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas:
-
El
desarrollo y ampliación de mecanismos para el intercambio de información
sobre las estructuras de la comercialización ilícita y cualesquiera
otros aspectos del tráfico ilícito de drogas entre las naciones
afectadas:
-
El
estudio--y la ulterior aprobación--de proyectos de ley cuyo efecto sea:
fortalecer la capacidad de los órganos competentes para investigar el
tráfico ilícito de drogas y procesar a sus responsables, incluso su
capacidad de detectar el origen de los recursos depositados en
instituciones financieras u otras instituciones comerciales y las
transferencias hechas entre éstas por los traficantes de drogas;
-
fortalecer
la capacidad de los órganos competentes para investigar el trafico
ilícito de drogas y procesar a sus responsables, incluso su
capacidad de detectar el origen de los recursos depositados en
instituciones financieras u otras instituciones comerciales y las
transferencias hechas entre estas por los traficantes de drogas;
-
decomisar
los bienes provenientes del tráfico ilícito de drogas o utilizados
para el mismo, independientemente de donde haya tenido lugar dicho
tráfico, y
-
tipificar
como delito la adquisición, posesión, uso o el llamado blanqueo de
bienes que se sepa sean directa o indirectamente producto del tráfico
de drogas, independientemente de dónde haya tenido lugar dicho tráfico,
y posibilitar el decomiso de dichos bienes;
-
El
establecimiento de controles rigurosos sobre la fabricación, importación,
exportación, transporte y comercialización de los solventes,
precursores y productos químicos esenciales para la elaboración de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas;
-
El
establecimiento de mecanismos de cooperación judicial, policial y
aduanera entre los Estados miembros, a fin de tornar más eficaces las
medidas tomadas en este campo;
-
La
sustitución, en condiciones apropiadas, de los cultivos ilícitos de
plantas de las cuales se puedan extraer estupefacientes y sustancias
psicotrópicas, cuando las condiciones socioeconómicas predominantes en
las zonas de cultivo lo requieran;
-
La
erradicación, a través de métodos que sean biológica y ecológicamente
aconsejables, de cultivos ilícitos--de acuerdo con la definición de
cada Estado--de plantas de las que puedan extraerse estupefacientes o
sustancias psicotrópicas;
-
La
realización de investigaciones con vistas al desarrollo de métodos
biológicos para la erradicación de cultivos ilícitos;
-
La
formulación y aplicación de controles eficaces para la concesión de
licencias, clasificación, comercialización, importación y exportación
de la producción lícita dentro de los límites cuantitativos
determinados anualmente por la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes, y
-
La
realización de investigaciones sobre nuevos usos lícitos para plantas
de las cuales se puedan extraer sustancias estupefacientes y psicotrópicas,
siempre y cuando las sustancias se encuentren bajo control oficial.
Capítulo
III
La
Conferencia recomienda, además, a los Estados miembros de la OEA las
siguientes medidas de carácter general contra el consumo, la producción y
el tráfico ilícitos de estupefacientes y sustancias psicotrópicas:
-
Crear
un órgano central, a nivel nacional, encargado de formular los
respectivos planes, políticas y programas nacionales sobre
estupefacientes, así como ejercer la coordinación general, supervisión,
control y fiscalización de las actividades relacionadas con el uso
indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas;
-
Estimular
contactos entre los órganos centrales arriba mencionados y
organizaciones públicas y privadas, a nivel nacional, regional o
municipal, dedicados a la prevención del uso indebido de drogas y el
tratamiento de los farmacodependientes;
-
Crear
un fondo nacional para la prevención del uso indebido de drogas y para
la lucha contra su tráfico ilícito, fondo que podrá ser constituído
por, de entre otras fuentes:
-
contribuciones
voluntarias de origen público o privado;
-
asignaciones
presupuestarias gubernamentales específicas, y
-
fondos
y bienes vinculados con el tráfico de drogas que sean confiscados
por las autoridades nacionales competentes.
-
Promover
esfuerzos para facilitar la puesta en práctica de las recomendaciones y
sugestiones del Primer Seminario sobre Tráfico llícito para Agentes de
la Ley del Caribe de Habla Inglesa, celebrado en Nassau, Bahamas, del 22
al 31 de marzo de 1983, con referencia especial a medidas que
posibiliten reducir la vulnerabilidad de la subregión del Caribe al tráfico
ilícito mediante tránsito aéreo y marítimo.
Capítulo
IV
Con
el objeto de ayudar a los Estados miembros, mediante la cooperación
regional, a ejecutar las acciones y adoptar las medidas enunciadas en los
capítulos I, II y III, la Conferencia recomienda:
-
A
la Asamblea General de la OEA
-
La
creación de una Comisión Interamericana para el Control del Abuso
de Drogas (CICAD), integrada por representantes de Estados miembros,
con atribuciones para desarrollar, coordinar, evaluar y efectuar el
seguimiento de las medidas prescritas en el presente Programa de
Acción y someter propuestas para aumentar la eficacia de la
prevención del uso indebido y de la lucha contra el tráfico ilícito
de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en la región, y
-
Considerar
la adopción de mecanismos de financiación, inclusive la posible
creación de un fondo regional para fomentar actividades y programas
para prevenir el uso indebido en la región y combatir el tráfico
ilícito de drogas, teniendo especialmente en cuenta las
posibilidades ofrecidas por el Fondo de las Naciones Unidas para la
Fiscalización del Uso Indebido de Drogas y tomando como base el
estudio que realizará la Secretaría General de la Organización .
-
Al
Comité Jurídico InteramericanoLa realización de investigaciones en el
campo jurídico para ayudar a los Estados miembros a estudiar la
conveniencia de:
-
Adoptar
instrumentos bilaterales o multilaterales específicos sobre
determinados aspectos del uso indebido y del tráfico ilícito de
drogas, inclusive mecanismos de extradición y cooperación entre
las autoridades judiciales, policiales y aduaneras de los Estados
miembros, de modo que sea posible una acción más eficaz contra
todos los traficantes de drogas;
-
Procurar
la armonización de las legislaciones nacionales sobre el tráfico
ilícito de drogas;
-
Coordinar
los procedimientos judiciales, policiales y aduaneros a nivel
nacional relativos al tráfico ilícito, y
-
Fomentar
la cooperación judicial, policial y aduanera regional en lo que
respecta al tráfico ilícito.
-
A
la Secretaría General de la OEA
-
La
creación de un banco de datos en la sede de la Organización, sobre
el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas, que esté a
disposición de todos los Estados miembros y sea compatible con
sistemas semejantes ya existentes;
-
La
creación de centros interamericanos de adiestramiento para la
capacitación de personal y la formación profesional en materia de
educación, tratamiento y recuperación, así como de acción
policial y de fiscalización, con miras a la prevención del uso
indebido y la lucha contra el tráfico ilícito de drogas en los
Estados miembros, aprovechando las estructuras nacionales o
subregionales ya existentes;
-
La
creación, en la sede de la Organización, de un centro de
documentación sobre drogas, para estimular los esfuerzos
interamericanos coordinados en esta materia;
-
La
intensificación de la coordinación y la cooperación de la OEA con
los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, con el Acuerdo
Sudamericano sobre Estupefacientes y Psicotrópicos (ASEP), con la
Comunidad del Caribe y con otras entidades subregionales de manera
que sus actividades sean compatibles y complementarias;
-
La
realización de los estudios necesarios para la preparación de los
proyectos de Estatuto y Reglamento de la CICAD y su presentación, a
la brevedad posible, al Consejo Permanente para su examen y ulterior
presentación a la Asamblea General;
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La
preparación de un informe anual que será sometido a los Estados
miembros, por intermedio de la CICAD, sobre el problema del uso
indebido y el tráfico ilícito de drogas en la región, y
-
La
presentación al decimosexto período ordinario de sesiones de la
Asamblea General de un estudio sobre mecanismos de
financiamiento--inclusive la posible creación de un fondo
regional--para fomentar en la región actividades y programas de
prevención del uso indebido y de lucha contra el tráfico ilícito
de estupefacientes, teniendo en cuenta especialmente las
posibilidades que ofrece el Fondo de las Naciones Unidas para la
Fiscalización del Uso Indebido de Drogas.
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A
los Organismos Especializados InteramericanosEl aporte de su cooperación
en la ejecución del presente Programa de Acción, dando especial
relieve a la asistencia que puedan proporcionar a tal efecto el
Instituto Indigenista Interamericano, el Instituto Interamericano del Niño,
la Comisión Interamericana de Mujeres, el Instituto Interamericano de
Cooperación para la Agricultura y la Organización Panamericana de la
Salud.
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