Si tiene algún problema en leer este mensaje, por favor diríjase a la siguiente página web:
http://www.cicad.oas.org/OID/NEW/Information/ElObservador/07_01/default.asp.

 Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas                  Organización de los Estados Americanos
Cabezal del Observador de la CICAD

Costa Rica muestra el camino para la administración de bienes confiscados

Costa Rica ha descubierto una fórmula exitosa para tratar las cuestiones administrativas y legales complicadas de la administración de activos incautados y decomisados de narcotraficantes y operaciones de lavado de activos. Como parte de la revisión integral (Ley N° 8204) de legislación sobre actividades de lavado de activos y estupefacientes en 2002, se creó una Unidad de Administración de Bienes dentro del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

"Anterior a la Ley N° 8204 no existía norma expresa que autorice el decomiso de bienes que fueran imputados, ignorados o bajo la condición de rebeldes”, dice Denis Cheng, jefe de la Unidad de Administración de Activos. Una respuesta rápida es crucial a la hora de privar a los traficantes de sus botines financieros.

Iniciativas innovadoras en las Américas

La mayor parte de la jurisprudencia en América cuenta con pocos antecedentes en decomiso de activos a la escala necesaria para confrontar la arremetida criminal del narcotráfico y su estela financiera a partir de 1980. En el ejemplo más asombroso de riqueza generada a través del narcotráfico, el gobierno de Colombia se dio cuenta de que tenía parques zoológicos, complejos de apartamentos y equipos de fútbol profesional. Como podría esperarse, Colombia ha adquirido considerable experiencia en la administración de activos decomisados.

 

La práctica de decomiso de activos relacionados con el narcotráfico y el lavado de activos tiene sus raíces en acuerdos internacionales:

  1. Convención de Viena
    La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 incorpora mecanismos de ejecución para luchar contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, enfatizando el rol de la delincuencia organizada y sus ramificaciones a través del lavado de activos.
  2. Convención de Palermo
    Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000) menciona explícitamente al decomiso como un arma para combatir la delincuencia organizada.
  3. Estrategia antidrogas en las Américas (1996)
    Este pilar de la política hemisférica antidroga apoya el decomiso de activos que surjan del tráfico de estupefacientes y del lavado de activos.
  4. Regulaciones modelo de la CICAD
    El Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos ha redactado un documento de buenas prácticas en la administración de activos decomisados e incautados. La CICAD también está estudiando cuál es la mejor forma de ayudar a los gobiernos que deseen implementar una unidad especializada de administración de activos.

Prácticamente todos los estados miembros de la CICAD se han dado cuenta de la necesidad apremiante de que cada gobierno cree una unidad especializada encargada de administrar los activos decomisados en casos de lavado de activos y narcotráfico hasta que se dicte sentencia definitiva a favor del Estado. Esta medida resulta necesaria para preservar el valor de los activos, garantizar el uso apropiado de los recursos e impedir el deterioro, la pérdida o la destrucción en detrimento del tesoro de la nación, evitando así potenciales reclamos e indemnizaciones.


Denis Cheng, jefe
de la Unidad de
Administración
de Activos del ICD

El gobierno costarricense tuvo que empezar de cero porque, como en muchos otros países de América Latina o el Caribe, no existían instituciones, personal especializado ni recursos presupuestarios asignados a los decomisos e incautaciones y a la administración eficiente de los bienes así obtenidos.

 

Sin embargo, Cheng sostiene que el momento decisivo se presentó cuando el gobierno dictó regulaciones para la Unidad de Administración de Activos en septiembre de 2005 porque la naturaleza sin precedentes de esta nueva área administrativa requería procedimientos y lineamientos precisos y claros, especialmente para ganar la plena cooperación de los jueces, los fiscales y las agencias ejecutoras de la ley.

La Unidad de Administración de Activos cuenta con poco personal: un administrador, tres inspectores, cuatro abogados y personal de apoyo adicional. “Los abogados son el engranaje del proceso”, afirma Cheng, porque inician el seguimiento de los activos apenas la policía realiza el secuestro en un caso. Ellos coordinan con los fiscales, rastrean los derechos sobre los bienes, asumen la custodia de los activos hasta que haya una decisión judicial final y luego determinan de qué forma resulta mejor disponer de los activos, ya sea por subasta pública o donación a las agencias gubernamentales, o por devolución a su titular original si éste resulta sobreseído. La Unidad representa los intereses del Estado en el sistema judicial en casos penales extremadamente complejos que también pueden tener ramificaciones según los procedimientos y las leyes civiles, penales, de títulos y bienes inmuebles.

La unidad no cuenta con suficiente fuerza de trabajo dada la carga de casos; por ello tiene que ser selectiva a la hora de elegir qué activos decomisar. Cheng afirma que "la Unidad de Administración realiza lo que ha denominado hasta el momento “decomisos de calidad y no de cantidad’”. En otras palabras, dada la limitada capacidad administrativa, es mejor priorizar los activos de mayor valor en lugar de extenderse y encargarse de todos los bienes implicados en un caso.

"Se ha adoptado la visión de que somos una empresa y que tenemos 'clientes' a los cuales debemos satisfacer", sostiene Cheng. El rápido procesamiento garantiza que los recursos se pongan en funcionamiento lo más rápido posible al mismo tiempo que se obtiene un buen retorno sobre las tenencias de efectivo a corto plazo. Los activos decomisados también pueden ser empresas o activos que perderían su valor si no se los administra correctamente.

Desde un principio, Costa Rica implementó garantías para los derechos de terceros falsamente implicados en casos de lavado de activos. La Ley N° 8024 tiene un capítulo completo dedicado a la forma en la que los terceros pueden recurrir al sistema judicial y qué criterios deben cumplirse para readquirir el control sobre sus bienes.

Desde fines de 2005, la Unidad fue adquiriendo impulso y generó ingresos por disposición por un total de USD3 millones en activos. Cheng sostiene que "se ha dotado de más recursos a las fuerzas de policía de nuestro país para fortalecer la lucha contra el narcotráfico, así como aquellas instituciones que ejecutan labores preventivos dirigidos a la reducción de la demanda de drogas".

Según la ley, los fondos de distribuyen en la siguiente proporción:

  • 60 por ciento a programas de prevención: la mitad de los fondos se destinan al Instituto Costarricense de Alcoholismo y Farmacodependencia para programas de rehabilitación, tratamiento y prevención del abuso de drogas.
  • 30 por ciento a la ejecución de la ley.
  • 10 por ciento a la administración de activos.

Cheng afirma que la participación del 10 por ciento no cubre adecuadamente los costos administrativos. "Cuando tenemos en cuenta los costos de las coberturas de seguro, mantenimiento, reparación y, especialmente, seguridad, resulta insuficiente."

Las herramientas correctas para el trabajo

Motivos para incorporar la administración de activos decomisados e incautados

  1. Conversión de los activos del narcotráfico en recursos públicos
    Las comisiones nacionales antidrogas, las agencias ejecutoras de la ley y las instituciones relacionadas con el control de las drogas necesitan recursos para tratar un amplio espectro de repercusiones sociales, legales y financieras del negocio del narcotráfico.
  2. Penas apropiadas
    Para que la ejecución sea eficaz, hay que golpear a las redes de tráfico donde les duela, en sus cuentas bancarias, y también quitarles los fondos para que no continúen con sus empresas delictivas.
  3. Riesgo de corrupción o robo
    Sin un marco legal e institucional adecuado para la administración de activos decomisados, estos bienes suelen ser objetivos tentadores para el robo y la corrupción.
  4. Buen uso
    Otro principio que ha surgido en la administración de activos es que los custodios deben hacer un buen uso de los activos hasta que se resuelva la asignación definitiva. Los vehículos pueden asignarse a oficiales ejecutores de la ley, por ejemplo, y las viviendas o edificios pueden utilizarse como espacio de oficina para las agencias gubernamentales. En efecto, se garantiza la seguridad de los activos porque, de otra forma, se haría abandono de ellos.

El  Observador de la CICAD / No. 2, Año 5 / Segundo Trimestre 2007